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martes, 30 de junio de 2015

Malvinas: La Corte Suprema de Justicia nuevamente “falló”



 Apenas comenzó el 2015, el pasado 19 de Febrero la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa N° 140969 caratulada como “Taranto, Jorge Eduardo por denuncias de violaciones a los DD.HH cometidas contra soldados durante la guerra de Malvinas en 1982, aplica la doctrina del punto final, no permitiendo que se investiguen los hechos denunciados.
Esta situación provocó el repudio de legislaturas provinciales, organizaciones de DD.HH, Universidades y de la propia Presidenta de la Nación, que en la apertura de la asamblea legislativa realizada el 1° de Marzo, recomendó a los ex combatientes recurrir a instancias internacionales por negación de justicia del poder judicial argentino.
La presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya fue presentada por el CECIM La Plata fundamentando la negación de justicia por las más de 120 denuncias radicadas en la justicia federal de nuestro país.
El Dr. Lorenzetti tomo partido, negando la posibilidad de que el pueblo argentino sepa la verdad de lo que paso con sus soldados en Malvinas, en este caso. La estrecha Corte Suprema no profundizo la investigación, no se involucro en el expediente, ninguno de sus miembros se animó jamás a escuchar y mirar a los ojos a los cientos de soldados torturados, estaqueados, vejados, picaneados, no soportarían la vergüenza.

19 de Mayo

Nuevamente la Corte Suprema de Justicia nos falló, exactamente tres meses después, con fecha 19 de mayo de 2015 en los autos caratulados “Gerez, Carmelo Antonio c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ impugnación de resolución administrativa”, considera que el suboficial retirado Gerez por prestar en funciones en la torre de control de la Base Aeronaval en Río Grande y luego ser trasladado a la Estancia Cullen, proximidades del Estrecho de Magallanes debe ser considerado Ex Combatiente, Veterano de Guerra.
Las leyes que supimos conseguir las organizaciones de ex combatientes, con una militancia que
comienza apenas culminado el conflicto armado de 1982, fueron para atender las situaciones de excepcionalidad vividas por los jóvenes soldados que vivieron las experiencias atroces de un conflicto armado, que dejaron secuelas imborrables, para los que sufrieron en carne propia las heridas, las mutilaciones y las perdidas de compañeros.
Es así que el encuadramiento de la legislación vigente para ser reconocido como ex combatiente de Malvinas es haber estado entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), en efectivas acciones de combate. Artículo 1° Ley 24892/97.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en este nuevo fallo, no solo reconoce a uno de los cientos que motivados por una “psicosis de renta” intentan inescrupulosamente subirse a un colectivo que les paso cerca para cobrar algún beneficio económico, sino que también avanza sobre el poder legislativo, sobre el espíritu del legislador que estableció un marco de referencia en las leyes vigentes, declarando la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley 24892 del año 97 en forma irracional.
Con este fallo, la Corte Suprema posibilita que cualquier persona que vivió en la República Argentina entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 pueda iniciar un proceso de reclamo para ser considerado Ex Combatiente de Malvinas, ya que para la Corte el requisito geográfico de estar en el TOM o TOAS y en efectivas acciones de combate es “inconstitucional”, aduciendo el artículo 16° de la Constitución Nacional por vulnerar el principio de igualdad, todo un despropósito.
Estará en manos de los jueces federales establecer quien es ex combatiente con el nuevo concepto incorporado por los jueces supremos que es el de “haber estado en situaciones de riego de combate”, seguramente el Dr Lorenzetti estará llamando a una licitación internacional para comprar el medidor de “riesgometro de combate” para dotar a los juzgados federales de estas tecnologías para que los jueces dictaminen a medida.

La industria del juicio se incrementará contra el estado nacional con la posibilidad que le otorga la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cualquier persona que tenga la sensación de haber estado en una “situación de riesgo de combate”, sea en un cuartel en Tartagal, en la base del Chamical en la Rioja o en un hospital o escuela en la Patagonia.

Los jueces supremos intentan cambiar la historia, los hechos y la memoria de nuestro pueblo, con un falló que es una estafa moral a las familias de los caídos, a los muertos en la guerra, a los heridos y mutilados, a los suicidados, a los ex combatientes, a los Argentinos.

Ya no nos caben dudas de esta Corte, que juega un partido alejado de los intereses de los ciudadanos que merecemos una justicia independiente, un poder judicial democratizado que se ocupe de las misiones y funciones otorgadas por la constitución nacional para brindar el servicio de justicia.
La guerra de Malvinas es un tema que todavía le duele a nuestra sociedad y por ello no podemos admitir que esta desdibujada Corte Suprema de Justicia de la Nación con un criterio clientelista quiera diluir la identidad de los ex combatientes que nunca pedimos nada a cambio, nuestro trabajo y compromiso es por Memoria, Verdad, Justicia, Soberanía y la felicidad de nuestro pueblo.

Ernesto Alonso
Presidente
Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas
Ministerio del Interior y Transporte

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